Baja académica
Patrocinador: Oficina de asuntos académicos
Contacto: Oficina del registrador académico
Categoría: Académico
Número: 100.025
Fecha de vigencia: 1 de septiembre de 2025
Historial de implementación: 28 de febrero de 2002 (actual y original) y 1 de septiembre de 2025
Palabras clave: retiro, baja académica
PROPÓSITO
El propósito de esta norma es definir la fecha límite para que un estudiante se dé de baja de un curso.
DEFINICIONES
Las definiciones están incluidas en esta declaración de normas.
DECLARACIONES
Los estudiantes pueden retirarse o darse de baja de un curso hasta el último día del mismo.
La fecha efectiva del retiro o la baja es la fecha en que el estudiante presenta la solicitud. Esta fecha puede afectar su estatus de inscripción como estudiante de tiempo completo o parcial, su progreso académico satisfactorio y su elegibilidad para recibir ayuda financiera.
Para determinar el estatus de inscripción, los créditos inscritos son aquellos registrados después del día 28 del período académico. Por ejemplo, un estudiante que inicialmente se inscribe en 12 créditos y se retira o se da de baja de un curso de 4 créditos en o antes del día 28, queda inscrito solo en 8 créditos y ya no se considera estudiante de tiempo completo. Si se da de baja después del día 28, se le sigue considerando de tiempo completo.
Un retiro o una baja que cambie el estatus de inscripción de tiempo completo a parcial puede poner en riesgo la elegibilidad del estudiante para recibir ayuda financiera. Los estudiantes que reciben ayuda financiera deben consultar con la Oficina de ayuda financiera antes de retirarse o darse de baja.
La Oficina del registrador académico establece los procedimientos para retirarse / darse de baja de un curso. Consulta el sitio web de la Oficina del registrador académico para obtener información sobre cómo darse de baja de un curso.